Servicio externo de Seguridad e Higiene
a
Implementación del Servicio de Higiene y
Seguridad en el Trabajo en su empresa, de acuerdo al Decreto 351/79 y
Decreto 1338/96, Reglamentarios de la Ley Nacional Nº 19.587 de Higiene
y Seguridad en el Trabajo.
a
En caso de la Industria de la Construcción :
Confección de Programa de Seguridad y Capacitación, exigido por el
Decreto 911 y las Resoluciones 231/96, 51/97, 35/98 y 319/99 de la
Superintendencia de Riesgo de Trabajo y respuestas inmediatas ante
inspecciones de la misma.
a Confección de un Plan general de Higiene y Seguridad en el Trabajo, para culminar en la elaboración de una política de Higiene y Seguridad a ser cumplimentada por todos los estamentos de La Empresa.
a Estudio de las necesidades de señalización y distribución de los carteles, señales y avisos de seguridad en las plantas y/u obras de acuerdo a las Normas IRAM Nº 10.005.
a Llevar un Libro de Actas para el registro de las actividades del Servicio de Higiene y Seguridad. En él, se asentarán las mediciones realizadas, como así también las tareas, y/o cualquier otra novedad relacionada a la temática.
a Confección de la ORGANIZACIÓN CONTRA INCENDIO con sus roles, la capacitación y el adiestramiento de sus componentes.
a Confección de un PLAN DE EVACUACIÓN y ubicación en planos de las vías de escape y de los elementos de lucha contra el fuego. Incluye su presentación ante Defensa Civil.
a Confección DEL ESTUDIO de la CARGA DE FUEGO y de acuerdo a su resultado. Replanteo, provisión e instalación de extintores y todo elemento de lucha contra incendio que fuese necesario.
a Gestión de Residuos Peligrosos y Patogénicos. Inscripción como generadores. Capacitación de personal.
